El debate sobre el uso de plataformas digitales de transporte vuelve al centro de la discusión en Colombia. Esta vez, el Congreso podría estudiar un proyecto de ley que busca establecer nuevas garantías para los conductores que trabajan mediante aplicaciones como Uber, DiDi, Cabify e inDrive.
La propuesta fue anunciada por el representante a la Cámara Daniel Briceño, quien cuestionó los procedimientos que, según denunció, utilizan algunos agentes de tránsito para determinar si un vehículo particular está siendo utilizado para prestar un servicio de transporte mediante una plataforma digital.
Uno de los principales puntos de la iniciativa está relacionado con la revisión de los teléfonos celulares de los conductores. El proyecto buscaría impedir que las autoridades accedan al dispositivo para comprobar si la persona está utilizando una aplicación de transporte durante el procedimiento.

¿Qué pasa actualmente con los conductores de plataformas?
Uno de los elementos que está detrás de esta discusión es el comparendo D.12, contemplado en el Código Nacional de Tránsito. Esta infracción se aplica cuando un vehículo es destinado, sin la autorización correspondiente, a un servicio diferente de aquel para el cual tiene licencia de tránsito.
Esta norma es utilizada por las autoridades para sancionar casos en los que consideran que un automóvil particular está siendo empleado para prestar un servicio de transporte no autorizado. Además del comparendo, la infracción puede llevar a la inmovilización del vehículo durante cinco, 20 o 40 días, dependiendo de si se trata de la primera, segunda o tercera infracción.
Precisamente, Briceño sostiene que el problema no está únicamente en la existencia del comparendo, sino en la manera como algunas autoridades buscan obtener las pruebas necesarias para imponerlo. Por eso, su propuesta pretende establecer reglas más claras sobre lo que pueden y no pueden hacer los agentes durante estos controles.

No podrían revisar el celular del conductor
Uno de los cambios más importantes que plantea el proyecto está relacionado con el celular. De acuerdo con lo anunciado por Briceño, los agentes de tránsito no podrían tomar el teléfono de un conductor y revisar su contenido con el propósito de determinar si está conectado a una aplicación de movilidad.
El representante argumenta que acceder al dispositivo de una persona implica entrar a información privada y que, por lo tanto, deberían existir garantías legales para hacerlo. Su planteamiento busca que un procedimiento de tránsito no se convierta en una revisión del contenido personal del teléfono del ciudadano.
Esto tendría especial importancia para los conductores de plataformas, debido a que las aplicaciones son precisamente una de las principales herramientas mediante las cuales reciben solicitudes de servicio. La discusión, entonces, se centra en hasta dónde pueden llegar las autoridades para verificar una posible prestación de transporte no autorizado.

Tampoco podrían interrogar a los pasajeros
La segunda modificación anunciada está relacionada con los pasajeros. El proyecto busca impedir que los agentes de tránsito los interroguen para establecer qué relación tienen con el conductor del vehículo.
Según Briceño, durante algunos operativos se les pregunta a los ocupantes si conocen al conductor, si son familiares o amigos, o cuál es el vínculo que existe entre ellos. El congresista considera que este tipo de interrogatorios no debería utilizarse como mecanismo para determinar si se está prestando un servicio mediante una plataforma digital.
La intención sería que los controles tengan procedimientos definidos y que los conductores puedan ejercer su actividad sin que, según la propuesta, se vulneren sus derechos durante una inspección.

Una discusión que todavía no está resuelta
Es importante aclarar que los cambios todavía no están vigentes. Briceño anunció que llevaría la propuesta al Congreso, por lo que deberá surtir el trámite legislativo correspondiente antes de convertirse, eventualmente, en una norma obligatoria.
El proyecto tampoco significa que los conductores de Uber, DiDi, Cabify o inDrive queden automáticamente autorizados para prestar un servicio de transporte público en vehículos particulares. La discusión sobre la legalidad y regulación de estas plataformas continúa siendo mucho más amplia y ha enfrentado durante años a autoridades, empresas, conductores y representantes del sector taxi.
Por ahora, el planteamiento de Briceño se concentra en cómo se realizan los procedimientos de tránsito y cuáles son los límites de las autoridades al momento de obtener evidencia para imponer un comparendo D.12.
El debate que llegará al Congreso podría convertirse así en un nuevo capítulo de la discusión sobre las plataformas de transporte en Colombia, un sector que continúa creciendo mientras el país intenta encontrar un marco regulatorio que responda tanto a las nuevas formas de movilidad como a las reglas existentes para el transporte público.
































